Sobre breves alcances del Artículo VII del Código Civil y la actuación de los jueces

Autores/as

DOI:

https://doi.org/10.5281/zenodo.12734251

Palabras clave:

Título preliminar, Iura Novit Curia, Derecho Civil, Derecho Procesal Civil

Resumen

En el Título Preliminar del Código Civil de 1984, en específico, el artículo VII guía la interpretación y la aplicación del principio iura novit curia, principio procesal que se encuentra enfrascado en la normatividad sustancial. En ese sentido, el presente trabajo intentará develar, de manera breve, que dicho artículo, aunque estando en la norma civil, direcciona la forma de cómo el juez aplica y corrige los errores jurídicos que pueden acontecer en el proceso. Asimismo, se verá el contraste que tiene lo mencionado con el principio dispositivo. Por último, se escribirá sobre los deberes del juez dentro del proceso a propósito del principio antedicho.

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Biografía del autor/a

Julio César Incarroca Paredes, Universidad Nacional Mayor de San Marcos

Estudiante de Derecho de 5to año de la UNMSM. Estudiante de intercambio en la Universidad de Guadalajara, México. Ex-ayudante de Catedra de Teoría General del Proceso. Asistente de Cátedra de Derecho Procesal Civil II - Marianella Ledesma. Coordinador General del Taller “Mario Alzamora Valdez”.

Publicado

30-06-2024

Cómo citar

Incarroca Paredes, J. C. (2024). Sobre breves alcances del Artículo VII del Código Civil y la actuación de los jueces. PRIUS - Revista De Derecho Y Ciencia Política, 2(1), 3–17. https://doi.org/10.5281/zenodo.12734251

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